17 noviembre 2021

Funcionarios en Correos y Telégrafos ¿Discriminados por el Gobierno y sus socios parlamentarios?

En este Universo

Lamentable y abusivo el trato que recibe el colectivo de funcionarios que están adscritos a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., en lo que respecta a su movilidad interministerial en el ámbito de la propia Administración General del Estado, a la que pertenecen de pleno derecho y, también, respecto de la negociación de una movilidad, especial para este colectivo, entre administraciones la cual, sufre la nula actuación de los responsables en llevar a cabo la apertura de la posibilidad, añadida, de adscripción a las administraciones Autonómica y Local, previa solicitud voluntaria del personal. Son estas, dos cuestiones pendientes que deben hacerse con carácter previo, toda vez que, hablamos de personas que ya son funcionarias de carrera de la Administración General del Estado, que están adscritas y que deben ser tuteladas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (que sustituye al Ministerio de Fomento).


Es competencia del Gobierno, proceder a dar solución, inmediata, a la discriminación injustificada de personal a su servicio. Recurriendo a la practica resolutiva "de una sola vez" como la que se pretende en materia de interinos y otros que se asimilarán a ellos y, en razón a ello, a los efectos de concurso, a título de ejemplo mínimo, deberán participar en el mismo, cuando menos con las equivalencias a niveles 15 y 16, respectivamente, quienes posean el nivel 11 y 12 en Correos —sin renovar durante décadas— y, a cuatro números más de nivel, quienes posean otros niveles superiores.


¡Es una cuestión de justicia!


Con motivo del acuerdo, suscrito por el Gobierno, con el Partido Nacionalista Vasco y Esquerra Republicana de Catalunya, la llamada "reforma de los interinos" que afectará a más de 300.000 personas, a las que, sin duda, les asisten derechos; la oportunidad de hacer política decente y justa, encuentra aquí su momento, en materia de función pública.


Es obligada, entiendo, la urgente intervención de los Sindicatos de Correos a través de sus órganos federales y confederales, para exigir una previa convocatoria de concurso de traslados que priorice la movilidad del Personal Funcionario de Correos y Telégrafos el cual, padece una discriminación inexplicable. Son personas encarceladas en sus puestos, aisladas de la Administración de la que forman parte, privadas de movilidad interministerial a la que tímidamente se les permite acceder en condiciones de desigualdad, al haberles dotado de niveles de grado personal, absolutamente ridículos, que no resisten una mínima prueba de equidad respecto de puestos de la Administración con la mitad de responsabilidad y contenido.


Impera el respeto a las condiciones del personal funcionario de Correos y Telégrafos, sometido a silencio cómplice y torticero; privado, reiteradamente, de un irrenunciable derecho a la movilidad en igualdad de condiciones, por su condición de funcionario de carrera de la Administración General del Estado. Salvo mejor parecer. Baldomero Gómez© Vigo, 2021


NOTA: Véanse, seguidamente, cita de dos normas que hacen referencia a los y las funcionarias de Correos y Telégrafos, que son de aplicación, entre otras.



El Estatuto Básico del Empleado Público:


Artículo 5. Personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos. El personal funcionario de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos se regirá por sus normas específicas y supletoriamente por lo dispuesto en este Estatuto.


Su personal laboral se regirá por la legislación laboral y demás normas convencionalmente aplicables


CAPÍTULO III

Provisión de puestos de trabajo y movilidad


Artículo 78. Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.


1. Las Administraciones Públicas proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.


2. La provisión de puestos de trabajo en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designación con convocatoria pública.


3. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del presente Estatuto podrán establecer otros procedimientos de provisión en los supuestos de movilidad a que se refiere el artículo 81.2, permutas entre puestos de trabajo, movilidad por motivos de salud o rehabilitación del funcionario, reingreso al servicio activo, cese o remoción en los puestos de trabajo y supresión de los mismos.


Artículo 79. Concurso de provisión de los puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.


1. El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. La composición de estos órganos responderá al principio de profesionalidad y especialización de sus miembros y se adecuará al criterio de paridad entre mujer y hombre. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad y objetividad.


2. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del presente Estatuto establecerán el plazo mínimo de ocupación de los puestos obtenidos por concurso para poder participar en otros concursos de provisión de puestos de trabajo.


3. En las convocatorias de concursos podrá establecerse una puntuación que, como máximo, podrá alcanzar la que se determine en las mismas para la antigüedad, para quienes tengan la condición de víctima del terrorismo o de amenazados, en los términos fijados en el artículo 35 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, siempre que se acredite que la obtención del puesto sea preciso para la consecución de los fines de protección y asistencia social integral de estas personas.


Para la acreditación de estos extremos, reglamentariamente se determinarán los órganos competentes para la emisión de los correspondientes informes. En todo caso, cuando se trate de garantizar la protección de las víctimas será preciso el informe del Ministerio del Interior.


4. En el caso de supresión o remoción de los puestos obtenidos por concurso se deberá asignar un puesto de trabajo conforme al sistema de carrera profesional propio de cada Administración Pública y con las garantías inherentes de dicho sistema


El Estatuto del personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima


Disposición adicional única: Normativa aplicable, en caso de movilidad, al personal funcionario que preste servicios en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima:


El personal funcionario que preste servicios en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, dispondrá de movilidad a otros ámbitos de la Administración General del Estado. En este caso, al citado personal le serán de aplicación las condiciones retributivas y de trabajo de los puestos que vaya a ocupar, así como la normativa general de función pública vigente.


Baldomero Gómez©


NOTA: Aunque todavía insuficiente, en 2023, por Concurso, han pasado un número importante de funcionarios de Correos y Telégrafos, la mayoría carteras y carteros, a ocupar puestos de Nivel 14 en la Seguridad Social y demás Entidades Gestoras —Tesorería General de la Seguridad Social, ISM—


07 junio 2021

Podemos hacerlo

En este Universo (Publicado en Sueños de Galmier el 7 de junio de 2021)

Foto: Do lanranxeiro illoense GZ© Vigo, 2021

Hablando conmigo misma, llego a entender la mirada fija, tímida, angustiosa de la salamandra, sorprendida por mi intervención violenta al roturar la tierra con un golpe de azada… y, así lo entiendo porque su actitud impregna mi propio espíritu, al saber que una misma reacciona exactamente igual en circunstancias semejantes, sorpresivas e inesperadas, aun cuando la azada es sustituida por una mentira, igualmente violenta y cortante.

La comunicación de la información es vital. Elegir el medio de comunicación que ha de entrar en tu vida es la opción que redundará en tu bienestar emocional si, al mismo tiempo, consigues contrastar y hacer un escrutinio, en libertad, de las circunstancias objeto de análisis. 

Parece complicado pero, pudiera ser sencillo. Nos hemos acostumbrado a elegir opciones comunicativas que nos ofrezcan lo que queremos oír y ver, interesadamente, al margen de la verdad  me lo dice alguien próximo; yo estoy de acuerdo, contrastar es un deber personal, porque la verdad, parece que tan solo nos llega tras la intervención de un dirimente público, aparentemente imparcial, tal cual puede ser un Tribunal de Justicia pero, no es así, el análisis de lo que ocurre tiene que hacerlo, de base, la persona individualmente porque, a la postre, es esa persona, única, la que hace posible el sistema democrático mediante la suma de las mayorías que parten del conjunto de individualidades y permiten que la decisión, por ejemplo, de un Tribunal se base en la interpretación veraz del espíritu que la colectividad traslada a la norma que, a su vez, resulta ser la redacción de las influencias, muchas veces, asentadas en una mentira proveniente de una manipulada información…  o, por ejemplo también, ese análisis libre del conjunto de individualidades del sistema democrático, permite que los medios de comunicación se vean abocados a basarse, con veracidad, en los hechos para cumplir con su más elemental y decente razón de ser, si quieren ser oídos y seguir viviendo de su influencia. Hoy ocurre lo contrario, y ello, nos lleva a la contaminación en escalada que afecta a todo el sistema de justicia, sanidad, educación, cultura, convivencia, seguridad y, de un largo etcétera, alejándonos de la irrenunciable posibilidad de formar juicio, libremente, de todo aquello que nos afecta como individuos y como partícipes de grupo, con derecho a ponderar, sopesar, parangonar. Nuestro bienestar emocional se nutre de impregnar el propio espíritu, al entender la mirada angustiosa de la salamandra o, la de cualquier otro ser que, contigo, conforman lo común… podemos hacerlo por difícil que resulte la verdad, tan digna en el amor. Salvo mejor parecer. Galmier Zemog© Vigo, 2021

25 mayo 2021

Es la oportunidad del cambio social, o no...

En este Universo (publicado en Sueños de Galmier el 25.05.2021)

(Foto: Mástiles ao ceo Galmier Zemog© Vigo, 2021)

No me reproches que no demuestre el amor que te tengo con memas representaciones, mi silencio no quiere, para nada, decir que no te aprecie... mi actitud no puede evitar que seas mi propia sangre, aun cuando tu linda apariencia no refleje ningún parecido a mí… más allá de lo material, existen otras riquezas, semiocultas, que tarda una, a veces, mucho en descubrir… 

Dicho, lo que antecede, para quienes puedan sentirse aludidas; quiero resaltar una noticia, leída en El Salto, que considero importante en este momento:

Podría tratarse, tranquilamente, de cualquier otro lugar dentro del territorio patrio, compuesto por variedad de naciones y culturas, un espacio rodeado de riquezas donde imperan, de manera muy destacada: desigualdad, la más alta de España; pobreza severa y; marginación, un millón de personas en situación de exclusión social, siendo extrema para 269.000 almas (según el Informe FOESSA).

En la Cañada Real, llevan ocho meses sin luz, a título de ejemplo.

Los componentes mayoritarios que conforman la Comisión Permanente del foro Voces cristianas, organizaciones compuestas por cristianos de base y curas, invitan a reflexionar desde los relatos evangélicos y con referencia en el Concilio Vaticano II, para quienes se consideran seguidores de Jesús, en procura de bienestar de la sociedad y rechazar la exclusión. Destacan que se han de apoyar gobiernos que avancen en esa dirección, los curas de esta tendencia afean la conducta crispante del liberalismo político, así como, al ejecutivo madrileño, su gestión de la sanidad pública y de las residencias en las que murieron miles de mayores, donde se aplicaron protocolos que evitaban derivaciones a hospitales. Entienden, estos integrantes de voces cristianas, que aspirantes a gobernar del ultraliberalismo y de la extrema derecha no representan los postulados que dictan los evangelios.

Es la oportunidad del cambio social o, no... Galmier Zemog© Vigo, 2021

26 marzo 2021

...con más fuerza que, cada año, un solo día

En este Universo (Publicado en Sueños de Galmier, el 26 de marzo de 2021)
(Foto: Cartel película Una cara de ángel Galmier Zemog© Vigo, 2021)


Quizá sea por la pandemia que no puedan,  las mujeres hacer manifiesta su frustración  y, abiertamente, recordarnos, un año más, que nada cambia. Pueda que existan, también, claras intenciones de impedir que pueda hacerse, de alguna otra forma, por miedo a la inevitable transformación que ellas promulgan pues, no hay mayor grito que la sencillez con la que el feminismo expresa su sentir por la igualdad entre todas y, de todos.

Lo sencillo, es para mí aquello que, cuando niño, me pareció lindo por espontáneo… es lo que ahora, a veces, despierta en mí la emoción de volver a sentir el aire que, decidió dormirse e irse un instante, por dejar yo de respirar brevemente,  sobresaltándome su ausencia cuando observo la grandeza de un espacio repleto de seres vivos que, a lo suyo distraídos, participan del universo común… de lo que compartimos.

Se puede hablar desde el silencio, es posible ver en la oscuridad.

El silencio no impide expresarse… en la oscuridad y la quietud he conseguido, muchas veces, serena, ver con meridiana luz y percibir lo dificultoso como claro, sentir bienestar y saberme digna, apta, asombrosa. Es razonable que estando así las cosas, tras la dificultad, pueda crecer el convencimiento del verdadero cambio práctico y, consecuentemente, de verdad, la militancia ejerza unida cada día, todos los días, con más fuerza que, cada año, un solo día. ¡Sea!...  Galmier Zemog© Vigo, 2021

12 febrero 2021

...acomodados revueltos

En este Universo (Publicado en Sueños de Galmier el 12.02.2021)
(Foto: Pintura de Xabier Lemos -Vigo -)


Rezumo ilusión de ser ciudadano de una maravillosa democracia que, además, dicen, desde el núcleo mayoritario del gobierno de
Espanha, ser plena… debo creerles porque, aunque las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos vinculan a España… y, como quiera que, reitera que las sanciones que se dieren, de darse, por motivos de opinión, no podrán conllevar penas de prisión, resulta que, el domingo finaliza el plazo para que Hasél, voluntariamente, se encamine a la cárcel… les creo, también, porque, el Tribunal Constitucional español -con división de sus miembros-, decidió el pasado diciembre 2020, que la libertad de expresión no ampara llamamientos a quemar la bandera, en el caso de un sindicalista  que, en un acto de protesta en Ferrol, dijo: "prenderle fuego a la puta bandera" y “aquí tenéis el silencio de la puta bandera”.

…dícese ser un bocas o bocazas: “persona que habla más de lo que aconseja la discreción” …todo un lujo, oír entusiasmado, rodeado de verdad, declaraciones despectivas, de ninguneo, hacia un colectivo profesional, médicos -de cabecera-, salidas de la boca de un juez del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, Sala de lo Contencioso-Administrativo, un hacha, que nos hace reflexionar sobre su propia ignorancia, indiscreción, locuacidad y prejuicio a través de ondas hercianas, horas antes de hacerse pública una resolución judicial, de la que él mismo es ponente, que afecta a la seguridad, vital, de personas… al tiempo, ayer mismo, la Organización Mundial de la Salud, pide a nuestros gobernantes, no relajar las restricciones… algo se mueve y ciertos acomodados revueltos. Galmier Zemog© Vigo, 2021


18 diciembre 2020

La crítica a los poderes del Estado

En este Universo

 A lúa trala cadea ©Baldo, A Catoña 2020

Sevach, es un personaje “fantástico” que tiene la mala costumbre de ponernos al día y facilitarnos el tránsito por los vericuetos del Derecho Administrativo.

Recientemente, los miembros del actual Consejo General del Poder Judicial, cuyo mandato está agotado y caducado desde hace dos años, ha vilipendiado, presuntamente, los más elementales derechos de José Ramón Chaves García, Sevach, un digno Magistrado, que ha concursado a una plaza para la que existe una convocatoria con unas bases de concurso, en el cual ha de valorarse el mérito y la capacidad como prescribe la Ley.

Saltándose absolutamente las bases de la convocatoria, los miembros del actual Consejo General del Poder Judicial, le dieron cero puntos al Magistrado Chaves, otorgando el cargo arbitrariamente a otro Magistrado que, entre otras cosas, siquiera tiene la especialidad propia de la plaza a ocupar. Las bases de la convocatoria, de haber sido aplicadas, no permitirían puntuar cero, evidentemente, salvo que quién pretendiera acceder a la vacante, no reuniera, en absoluto, el más mínimo de los requisitos para acceder a la misma (más información Europa Press).

Que un órgano de gobierno de los jueces llegue a extremos de tan bajo nivel, debe hacernos reflexionar sobre si nos merecemos lo que esta pasando.

Que haya personas empeñadas en deslegitimar el estado de derecho, debe hacernos pensar en si no es motivo para una clara repulsa, pública, por parte de la ciudadanía.

El pasado miércoles, compartí un artículo titulado Vicio insubsanable; hoy, tras conocerse, el jueves, el texto de la sentencia del Tribunal Supremo al respecto, el autor de dicho artículo, el profesor Javier Pérez Royo, abunda en que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo incurre en prevaricación y, termina diciendo en su nuevo artículo: “Al dictar la sentencia 682/2020 en los términos en que lo han hecho los 16 magistrados de la Sala de lo Penal del TS han levantado un acta de acusación contra ellos mismos.

El artículo no tiene desperdicio: Si esto no es prevaricación... 

Es necesario agudizar la crítica sobre los poderes del Estado, del judicial también. Salvo mejor parecer ©Baldomero Gómez (Galmier Zemog), Vigo 2020

Renuncio



25 septiembre 2020

La obediencia de un Rey a la soberanía del pueblo

En este Universo

Face de pedra ©Baldo, Vigo 2014


Todas sabemos y conocemos que, la Constitución española comienza diciendo en su artículo primero que, España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho y que, la soberanía reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado y también que, la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Sabemos que, el Título segundo de la Constitución se refiere a la Corona y que, en su artículo 64.2 dice que de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden y ello porque en su artículo 65.3 establece: La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65. 2”; por el cual,”El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.”, ello quiere decir que a salvo de esa excepción respecto de los miembros civiles y militares de la Casa del Rey, el monarca en sus actos deberá contar siempre con refrendo, que es una autorización de sus actos por firma hábil.

En España, por tanto, el Rey no puede disponer, por sí mismo, sin el previo control establecido por la Constitución y las leyes, dado que no estamos en un régimen de monarquía absolutista. La falta de refrendo hace que sus actos carezcan de validez.

El Consejo General del Poder Judicial, cuyo mandato se encuentra excedido, invitó la semana pasada -formalmente- a Felipe VI, para asistir al acto, en Barcelona, por el que se entregan los nombramientos de Jueces y, el monarca, confirmó su asistencia sin contar con el refrendo que la Constitución española exige respecto de sus actos. El Gobierno de España, que tiene como principal cometido la dirección del país, decidió con base en sus competencias, no autorizar la presencia de el Rey en dicho acto. Huelga hablar de otras razones, por cuanto, en principio, tanto para la Casa Real como para el Consejo General del Poder Judicial, sí o sí, ha de prevalecer el cumplimiento de la Constitución y las Leyes, debiendo actuar con escrupulosa prudencia, ya sea para proceder a una invitación a un acto con asistencia del Jefe del Estado, como a su confirmación por este. 

Recientemente, con motivo de la salida de España del Rey Emérito, que acordó su marcha en connivencia con su hijo Felipe y, parece ser, que ambos procedieron sin poner en conocimiento previo, formal, al Gobierno de España, podría haberse actuado irregularmente. Entendemos algunas que, las actuaciones de el Rey, en una monarquía parlamentaria, deben contar con el escrupuloso control que las leyes le exigen, de lo contrario estaremos en un régimen de difícil calificación y, sobre todo, estaremos ante una gran injusticia respecto de -el pueblo español- ante quien rige la obediencia por su condición suprema, por cuanto, a la postre, en él reside la soberanía. Salvo mejor parecer.  ©Baldomero Gómez, Vigo 2020 
(Yo soy Galmier Zemog)


El Niño Que Miraba El Mar





06 diciembre 2019

Puede hacerse

En este Universo
Noite curta (Baldo)
La Constitución, norma fundamental del Estado plurinacional que ampara el Derecho territorial y común así como, a sus nacionalidades que son sus naciones y a sus lenguas que son su medio de expresión cultural.

Una Constitución que demanda reformas, entre otras, aquellas que requieren de una expresión explicita y transparente en materia de: La progresividad del sistema tributario; los límites de la libertad de expresión; la eliminación de privilegios a cualquier confesión religiosa; la claridad en materia de perspectiva de género; las competencias territoriales de las naciones (nacionalidades) y regiones; la estabilidad económica; la especulación del suelo; la circunscripción electoral; la designación del Consejo General del Poder Judicial.

Es momento del sosiego y la paz emocional como pueblo. Puede hacerse, merece la pena. 

©Baldomero Gómez (Yo soy Galmier Zemog)



Papá cuéntame otra vez


23 noviembre 2018

La actual crispación resulta positiva

En este Universo

Pintura de Xabier Lemos. Estudio en Vigo 
Concluíamos, mi amicísima interlocutora y yo, en la última conversación de la ronda mensual de encuentros con mis próximos que, la crispación existente en el ámbito sociopolítico, está resultando muy positiva y beneficiosa para nuestro propio estado anímico. Aunque es costumbre hacerlo a presencia, cara a cara, dadas las circunstancias, es menester tildar de magnífica, la sensación de proximidad, a pesar de haber tenido que recurrir a un medio de comunicación a distancia pues, aunque virtual, la cercanía emocional se produjo a un nivel de calidad asombroso, dando cuenta, incluso, de nuestro estado físico, a la vista, en una pantalla que hizo el milagro de vernos al lado, así lo hemos definido ambos dos. 

Por momentos, cuando hacíamos exposición de nuestra percepción personal de las cosas, debo decir, por innegable, que la sensación fue de frustración y enfado; exponiendo datos sobre hechos tangibles actuales, sin embargo, hemos tenido que concluir lo positivo de la actual generalizada frustración. Parece extraño pero, el fruto de departir periódicamente con gente de un nivel humano grande, dejándose uno llevar por la paz que produce locutar en plena confianza, sin pliegues, conlleva a una capacidad de reflexión y bienestar sin límites. Insisto en recomendaros su práctica.

Claro que resulta extraño entendamos sea positivo lo que pasa, tras analizar algunos de los acontecimientos que pululan en la cresta de la ola: Desde la decadencia de los sindicatos hasta la deformación intencionada de los hechos históricos, acontecidos apenas hace un cuarto de siglo; pasando, por la actitud confusa de la Iglesia católica, vistiendo incluso de falangista a una virgen; pasando, por las colas de seres humanos para adquirir cita previa, de información, para una posterior solicitud de asilo, provocadas en una Comisaría, en busca de disuasión; pasando asimismo, por el menosprecio de la Unión Europea hacia el asunto de Gibraltar, ahora que tratan de concordar el brexit; pasando, también, ante nombramientos de peleles para cargos de la judicatura; pasando, por la decepcionante sensación que produce saber de algunas sentencias como la que califica de abuso, en materia de violación sexual, que consideró hechos probados haber sido víctima del abuso por dos hombres y haber dicho: “no”… “por favor para”… y, que ha sido resuelta, como no violenta por haberse perpetrado, según dice el tribunal, “…aprovechándose los autores para abusar de ella de su carácter vulnerable, lo que unido a la previa ingesta de bebidas alcohólicas y ansiolíticas, posiblemente pudo debilitar su capacidad de defensa, haciendo ya por ello innecesario acudir a actuaciones violentas o intimidatorias”. 

Nos dio tiempo para hablar de nosotros mismos, sin dejar de observar las absurdas y destructivas comparaciones de quienes buscan la desilusión, pues pretenden ilegalizar el comunismo como paso previo para rechazar el franquismo; obviando intencionadamente, no por desconocimiento, que comunismo es una doctrina económica, política y social que defiende una organización social en la que no existe la propiedad privada ni la diferencia de clases, y en la que los medios de producción estarían en manos del Estado; mientras que, franquismo es la  dictadura de carácter totalitario impuesta en España por el dictador, general franco, a partir de la guerra civil de 1936 a 1939 y mantenida hasta su muerte. 

Positivo sí, lo vemos todo, porque la carga de despropósitos ha sacado a la luz la discordia, el rencor, la maledicencia, el odio y sobretodo la desinformación planificada. Hemos visto, estáis viendo todos, como a vuestro lado, muy cercanos, emergen personas sumergidas en un raro silencio, innecesario, ¿por qué callaron?... Salen a flote, cada vez con mayor soltura, ¿por qué, ahora?. Positivo es, saber quién es, la vecina, el compañero, el o la amiga, disfrazados, esos que se benefician de la lucha por las libertades y el progreso pero, mantienen una actitud hipócrita, recatada, desleal, fría, insolidaria … Es positivo, conocer el ambiente, el clima, la gente. También lo es, que podamos ser conscientes de cambio votando, quizá toque votar, cambiar participando, cambios en los órganos decisivos, controlando, sin cejar en el control permanente y exhaustivo, de aquellos a los que hemos elegido. 

Exigiendo respeto, respetando 

Autorizadas voces de las palabras, hoy nos recuerdan que, feminismo no es lo contrario de machismo, toda vez que, aludiendo al diccionario académico, dice textualmente que, feminismo es el principio de igualdad de derechos de la mujer y del hombre y el movimiento que lucha por la realización de esa igualdad; mientras que, machismo es la actitud de prepotencia de los varones respecto de las mujeres y la forma de sexismo caracterizada por la prevalencia del varón. 

A salvo de mejor parecer, hemos concluido que, la actual crispación resulta positiva. ©Baldomero Gómez (Yo soy Galmier Zemog)

Ni se te ocurra huir al saber que te quieren un poco más...  

Respirar


07 noviembre 2018

¡Ay Justicia! ...y de las vacaciones anuales, cuando fallece el o la trabajadora

En este Universo

Ayer, día 6 de noviembre de 2018, fue un día duro en el ámbito de la Justicia española, los y las ciudadanas, de cualquier pensamiento político, suman razones para la desconfianza en el sistema y, podría interpretarse que también cierta disposición para inducir cambios, en la normativa afectada en materia del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados así como, en los nombramientos de la cúpula representativa de la Justicia, la cual, en humilde opinión, al margen de su impoluta presencia, y aún cuando se pida perdón, podría estar mostrando, cuando menos, algunos de sus miembros, cierta carencia formal, a la hora de dictaminar hacia el justiciable. 

Fue noticia, ayer también que, el Tribunal de Estrasburgo dictó sentencia por la que, Arnaldo Otegi, fue condenado con parcialidad, en un juicio que no fue justo, ¡ahí es nada! No es noticia simple, se trata, nada menos que, de una sentencia declarativa, de calado profundo en la esencia de la Justicia, referida a nuestra patria.

Para atenuar la incómoda desidia, nada mejor que darnos un paseo por lo laboral y, escuchar qué nos dice la Dama ciega, desde Europa, a saber:

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, acaba de hacer interpretación, a petición de un Estado miembro, sobre vacaciones, en dos aspectos que, entiendo, resultan de interés.

Por una parte, viene a reconocer que en caso de fallecimiento de la o el trabajador, sus herederos pueden reclamar una compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas y, ello habrá de ser así, aunque se diera el caso hipotético de que el Derecho Nacional, del país del o de la trabajadora, excluya tal posibilidad, en cuyo caso, habrían de invocar, los herederos, el Derecho de la Unión. Recuerda el alto Tribunal que el derecho de las vacaciones anuales retribuidas, está consagrado como Derecho Fundamental en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, su vertiente económica tiene carácter estrictamente patrimonial.

De otra parte, si bien, un o una trabajadora, no puede perder sus derechos a vacaciones retribuidas por no haberlas solicitado, entiende el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, si un empresario demuestra que la o el trabajador se abstuvo deliberadamente y con pleno conocimiento de tomar sus vacaciones anuales, podría perderlas, siempre que el empleador, público o privado, pruebe haberle informado de manera adecuada tomar los días de vacaciones en tiempo útil.

Poco que decir, salvo que mucha atención a los detalles. Sin olvidar que nuestra participación activa, hace cambiar las cosas. ¡¡Ay Justicia!!   ©Baldomero Gómez (Yo soy Galmier Zemog)